Condiciones Generales de Luxotour

A los efectos de las presentes Condiciones Generales, el programa es el documento informativo al que éstas se incorporan. El programa es la descripción del viaje combinado que constituye el objeto del contrato de viaje combinado.

Cualquier contratación con LUXOTOUR está sometida a las presentes condiciones generales de venta y tienen por objeto regular los términos contractuales para la presentación de los servicios por parte de LUXOTOUR y, en su caso, la contraprestación debida por el cliente a LUXOTOUR, por la utilización por aquél de determinados servicios. La prestación de los servicios se llevará a cabo mediante la obtención, disposición, organización, empleo y gestión por parte de LUXOTOUR de los recursos técnicos, humanos y operativos necesarios al efecto y, siempre y en todo caso, como contraprestación a los precios vigentes en cada momento cuando los servicios sean de pago. La mera navegación por la web https://www.luxotour.es/, no tendrá la consideración de servicio.

LUXOTOUR vela y protege especialmente al viajero en los términos que se detallan en las presentes CONDICIONES GENERALES, así como el AVISO LEGAL y POLÍTICA DE PRIVACIDAD. 


1. Regulación jurídica aplicable. 

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre (BOE 287 de 30.11), de la Ley General de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, modificado por el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viajes vinculados, Ley 4/2022, de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y por la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación.

Las presentes Condiciones Generales se habrán de incorporar, firmadas por las partes contratantes, a todos los contratos de viajes combinados cuyo objeto sean los programas ofertados por LUXOTOUR S.A.U y publicados en https://www.luxotour.es/ 

La información contenida en las presentes Condiciones Generales de viajes combinados y aquellas que se facilitan en el momento precontractual, tienen carácter genérico. No son de esperar variaciones significativas en el contenido y serán modificadas exclusivamente en los términos que se recojan en las Condiciones Particulares y en determinados supuestos que se exponen más adelante.

2. Organización. 

La organización de estos viajes combinados ha sido realizada por LUXOTOUR S.A.U., con C.I.F. A-29092046, con dirección en Pza. Presidente Adolfo Suarez 10 , ofc.4 , que figura Inscrita en el Registro Mercantil de Malaga, Tomo 439, Libro 316, Sección 3,Folio 65, Hoja 870a, Inscripción 1. El Titular tiene reconocida la condición de Agencia de Viajes mayorista-minorista, siendo poseedora del Título-Licencia correspondiente con número C.I. AN -2906 1-1 . Dicha organización, se detalla en la información precontractual facilitada al cliente detallada en contrato de viaje combinado.

LA AGENCIA MINORISTA se compromete a entregar al viajero una copia del contrato de viaje combinado que formalicen las partes, a más tardar en el plazo de 24 horas a contar desde dicha formalización. Formarán parte integrante del contrato de viaje combinado, todas las condiciones que regulan el viaje combinado contratado, en concreto, las condiciones generales dispuestas en este texto, las condiciones precontractuales, y las condiciones particulares entre LUXOTOUR, Agencia Minorista en su caso y el viajero.

3.- Precio.

A) El precio del viaje combinado incluye:

  • El precio de todos los servicios turísticos que estén contenidos en el programa y sea contratados (transporte de pasajeros, alojamiento, alquiler de vehículos de motor, etc.), con independencia de si se ha formalizado en un contrato o en varios contratos;
  • Las comisiones, recargos y costes adicionales;
  • La prestación de asistencia por parte del organizador, o en su caso minorista, si el viajero se halla en dificultades, especialmente, en supuestos de circunstancias extraordinarias e inevitables y las dispuestas en la normativa de aplicación;
  • La posibilidad de solicitar asistencia cuando tenga dificultades para presentar una reclamación por cualquier falta de conformidad del viajero durante el viaje;
  • La tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los impuestos indirectos –Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.), etc.-, cuando sean aplicables.

B) El precio del viaje combinado no incluye:

Cualquier otro servicio no especificado concretamente en el contrato, tales como:

  • Visados;
  • formulario electrónico o no de migración, que resulte obligatorio para el pasajero antes de ingresar al país de destino. 
  • certificados de vacunación;
  • propinas en el caso de cruceros
  •  "extras" tales como: cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales, ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa.
  • lavado y planchado de ropa, parking, utilización del teléfono, cunas, alquiler de TV, servicios de Spa, balnearios, termas, masajes, tratamientos médicos, terapéuticos o de salud y;
  • cualquier otro servicio similar que el establecimiento ofrezca por un precio independiente al del servicio principal contratado.
  • Aquellos impuestos adicionales en determinados destinos, que pueden variar en función de la categoría del establecimiento y del destino. Dichas tasas se pagarán directamente en el establecimiento hotelero y será el viajero el único responsable de pagar los mismos.
  • Existen aeropuertos que además de las tasas aeroportuarias que se abonan con los billetes, cobran impuestos o tasas por uso adicionales. Estas no están incluidas y su pago será en destino, directamente por el cliente. 

C) Modificaciones del precio:

El precio del viaje combinado ha sido calculado según los tipos de cambio, tarifas de transporte y coste del carburante. Debido a la constante subida del petróleo o en otras fuentes de energía, en ocasiones, el precio del viaje podrá ser modificado posteriormente a la contratación y confirmación del viaje, por el organizador, o en su caso por el minorista, siempre que dicha facultad se disponga en el contrato formalizado.

Dependiendo del destino se impondrán al viajero, como parte integrante del precio total del viaje combinado, las tasas, impuestos y recargos turísticos de aterrizaje, embarque o desembarque en puertos o aeropuertos, tal y como se ha especificado en el apartado anterior. Dichos importes podrán ser modificados por aquellos terceros que no están involucrados directamente en la ejecución del viaje combinado y, como consecuencia de ello, podrán ser modificados por la agencia.

En relación con la Tasa Turística, es una tasa que aplican en determinados países los establecimientos hoteleros. El viajero debe consultar si existe dicha tasa según su destino.

Como consecuencia de cambios en el tipo de divisa aplicables al viaje combinado, la agencia podrá modificar el precio del viaje.


* Toda modificación de precios que se produzca como consecuencia de cualquiera de las razones expresadas anteriormente, será notificada por LUXOTOUR a la agencia minorista y por la agencia minorista al viajero con la justificación del incremento y su cálculo en soporte duradero, a más tardar veinte días naturales antes de la fecha de inicio del viaje combinado.

Siempre que el contrato de viaje disponga la facultad del organizador, o en su caso del minorista, de modificar el precio, como es el caso, el viajero tendrá derecho a una reducción del precio correspondiente a toda disminución de los costes mencionados en este apartado que se produzcan entre la fecha de confirmación de reserva de viaje combinado y fecha de inicio del mismo. En caso de reducción del precio, el organizador y en su caso, el minorista, tendrán derecho a deducir los gastos administrativos reales del reembolso debido al viajero.

D) Reducción del precio e indemnización por daños y perjuicios:

  • El viajero tendrá derecho a una reducción del precio adecuada por cualquier periodo durante el cual haya habido falta de conformidad, a menos que el organizador o el minorista demuestren que la falta de conformidad es imputable al viajero.
  • El viajero tendrá derecho a recibir una indemnización adecuada del organizador o, en su caso, del minorista por cualquier daño o perjuicio que sufra como consecuencia de cualquier falta de conformidad. La indemnización se abonará sin demora indebida.
  • El viajero no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios si el organizador o, en su caso, el minorista demuestran que la falta de conformidad es:

  1. imputable al viajero;
  2. imputable a un tercero ajeno a la prestación de los servicios contratados e imprevisible o inevitable, o
  3. debida a circunstancias inevitables y extraordinarias.

  • En la medida en que los convenios internacionales que vinculan a la Unión Europea limiten el alcance o las condiciones del pago de indemnizaciones por parte de prestadores de servicios de viaje incluidos en un viaje combinado, las mismas limitaciones se aplicarán a los organizadores y minoristas. En los demás casos, el contrato podrá limitar la indemnización que debe pagar el organizador o el minorista siempre que esa limitación no se aplique a los daños corporales o perjuicios causados de forma intencionada o por negligencia y que su importe no sea inferior al triple del precio total del viaje.

* La indemnización o reducción del precio concedida en virtud de la ley y la concedida en virtud de reglamentos y convenios internacionales, se deducirán la una de la otra para evitar el exceso de indemnización.


En caso de reducción de precio, LUXOTOUR tendrá derecho a deducir los gastos administrativos reales del reembolso debido al viajero.

E) Forma acordada de pago

Las partes acordarán en el contrato la forma de pago establecida, sea al contado, o fraccionado, si bien el importe íntegro deberá estar desembolsado antes de la fecha de salida. En caso, de no haberse recibido el precio, se entenderá que el viajero desiste unilateralmente del contrato con los gastos y penalizaciones establecidas en el RDL 1/2007.

En el acto de la inscripción, LUXOTOUR podrá requerir un anticipo que en ningún caso será superior al 40% del importe total del viaje, expidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el consumidor, el viaje combinado solicitado. El importe restante deberá abonarse contra la entrega de los bonos o documentación del viaje, que deberá realizarse al menos siete días antes de la fecha de la salida.

De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el consumidor desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado siguiente.

En el supuesto de que antes de la salida del viaje, LUXOTOUR se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del consumidor a través de la Agencia Minorista.

Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto, se formalizarán siempre a través de la Agencia Detallista/ Minorista, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor.

4 Ofertas especiales. 

Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado anteriormente, los servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente en la oferta, aún cuando, dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en este programa, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información general del destino.

5 Otras exclusiones

  • 5.1. Excursiones o visitas facultativas. 

En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación tiene mero carácter informativo y el precio está expresado con el indicativo que debe ser solo como “estimado”. Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren el precio estimado. Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al consumidor con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas. 

  • 5.2. Gastos adicionales que debe asumir el consumidor 

a) Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas. En el caso de los cruceros, en el precio del viaje no está incluida una aportación complementaria que usualmente, aunque de forma errónea, suele denominarse propina, cuyo importe está en función de la duración del viaje y que tiene como único destinatario al personal de servicio, respecto de la cual al inicio del viaje se advierte al cliente que debe asumir el compromiso de entregar a la finalización del viaje.

b) Servicios no comprendidos dentro del régimen "Todo Incluido" en función de la oferta concreta del hotel seleccionado.


6 Asistencia.

  • El viajero podrá enviar mensajes, peticiones o quejas en relación con la ejecución del viaje combinado directamente al minorista a través del cual fue adquirido. El minorista transmitirá dichos mensajes, peticiones o quejas al organizador sin demora indebida. A efectos del cumplimiento de los términos o plazos de prescripción, el acuse de recibo por el minorista de los mensajes, peticiones o quejas se considerará acuse de recibo por el organizador.
  • El organizador y el minorista deberán proporcionar asistencia adecuada y sin demora indebida al viajero en dificultades, en especial en caso de circunstancias inevitables y extraordinarias, en particular mediante:
  1. el suministro de información adecuada sobre los servicios sanitarios, las autoridades locales y la asistencia consular;
  2. la asistencia al viajero para establecer comunicaciones a distancia; y 
  3. la ayuda para encontrar fórmulas de viaje alternativas.
  • El organizador y, en su caso, el minorista podrán facturar un recargo razonable por dicha asistencia si la dificultad se ha originado intencionadamente o por negligencia del viajero. Dicho recargo no superará en ningún caso los costes reales en los que haya incurrido el organizador o el minorista.
  • Si es imposible garantizar el retorno del viajero según lo convenido en el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, el organizador o, en su caso, el minorista asumirán el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un período no superior a tres noches, siendo el coste del exceso de cuenta del viajero.

7- Modificación de otros clausulados del contrato.

  • El contrato de viaje combinado, con excepción de lo dispuesto en el punto anterior, podrá modificarse de forma unilateral por parte del organizador o, en su caso minorista, antes del inicio de viaje combinado, siempre y cuando el cambio sea insignificante, se disponga dicha facultad en el contrato formalizado con el viajero y se informe al viajero en soporte duradero de dicha alteración en el precio.
  • Ahora bien, en aquellos supuestos en los que el organizador se vea obligado a modificar alguna de las características principales del viaje combinado contenidas en las condiciones precontractuales o contractuales o proponga al viajero aumentar el precio del viaje combinado en más de un ocho por cien (8%) del total del precio, siempre antes del inicio del viaje combinado, el viajero tendrá la posibilidad de aceptar el cambio propuesto o resolver el contrato sin penalización.
  • En caso de que el viaje combinado sustitutivo al modificado, sea de calidad o coste inferior, el viajero tendrá derecho a una reducción en el precio.
  • Las modificaciones de clausulados del contrato deben ser comunicadas al viajero sin demora y haciendo alusión a: la repercusión de la modificación en el precio total del viaje combinado; el plazo en el que el viajero debe comunicar su decisión de resolver o aceptar las modificaciones y qué ocurre si no comunica nada el viajero, y en su caso, el viaje sustitutivo ofrecido y su precio. 

* En el supuesto de que el viajero solicite cambios voluntarios en su viaje combinado, los precios de los servicios turísticos podrán no corresponderse con los publicados en el folleto o condiciones precontractuales que dio lugar a la contratación.

8.- Cesión del contrato de viaje combinado.

  • Para que el viajero tenga la facultad de ceder el contrato de viaje combinado a otra persona, la destinataria deberá reunir todas las condiciones aplicables a dicho contrato, debiendo ser comunicado previamente al organizador o, en su caso al minorista, con una antelación razonable de al menos siete (7) días naturales al inicio del viaje combinado.
  • Tanto el cedente como el cesionario responderán solidariamente ante el pago de la cuantía pendiente de pago, así como de cualquier gasto adicional que haya causado la cesión. Para ello serán el organizador o el minorista quienes deben proporcionar al cedente la prueba de los gastos adicionales.

9.- Pagos y reembolsos.

  • El viaje combinado debe estar totalmente pagado para que se le faciliten al viajero todas las prestaciones de su viaje. En el caso de que el cobro sea rechazado por cualquier causa, se procederá a la anulación de la reserva, previa comunicación informativa para intentar solventar el problema del pago.
  • En caso de no recibir el pago total del precio pactado en las condiciones, se asumirá que el viajero desiste del viaje siendo de aplicación lo contenido en el apartado “2.8. Resolución del contrato de viaje combinado por el viajero”.
  • En el caso de que el organizador resuelva el contrato de viaje combinado, deberá devolver o reembolsar al viajero las cantidades ya pagas por el mismo, en un plazo no superior a catorce días naturales a contar desde la fecha de finalización del viaje combinado.
  • El viajero que no se presente a la hora prevista de salida del viaje combinado contratado, no tendrá derecho a la devolución de cantidad alguna abonada, salvo que exista acuerdo diferente entre las partes.
  • En relación con el seguro contra gastos de cancelación contratado por el viajero, en ningún caso la prima abonada por el mismo será reembolsable.

* Pago con autorización/Ingreso en cuenta: para el pago de los servicios reservados a través de la página web de LUXOTOUR y por motivos de seguridad, es posible que en algunos casos, la agencia solicite al cliente una autorización específica de cobro (a la que habrá que acompañar la documentación requerida por la agencia de viajes) o bien, que el pago se deba realizar a través de cualquier oficina de ventas abierta al público de la red comercial de LUXOTOUR o en su caso, que se realice un ingreso en cuenta, dependiendo del caso concreto de que se trate.


10.- Resolución del contrato de viaje combinado por el viajero.

En cualquier momento, pero siempre antes de la fecha de inicio del viaje combinado, el viajero podrá resolver el contrato con una penalización impuesta por el organizador o, en su caso, por el minorista.

a) En el caso de servicios sueltos: 70 euros (IVA incluido) por persona de gastos de gestión, más los gastos de anulación, si se hubieran producido estos últimos.

b) En el caso de viajes combinados:

1)100 euros (IVA incluido) por persona de gastos de gestión más los gastos de anulación, si los hubiere.

El contrato de viaje combinado puede establecer una penalización tipo dependiendo de los días que resten para la fecha de inicio del viaje combinado a contar desde el día en el que se comunique la intención de resolver el contrato, por lo que en ningún supuesto podrá ser inferior al 5 por ciento del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por ciento si se produce entre los quince y tres días anteriores, y el 25 por ciento en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las 48 horas anteriores.


  • En el caso de que los servicios contratados y anulados, que forman parte del viaje combinado, estuvieran sujetos a condiciones económicas especiales de contratación, los gastos de cancelación por desistimiento, serán los establecidos por el proveedor de cada servicio.

  • Cuando como consecuencia de modificaciones en las condiciones del contrato de viaje combinado, el viajero no acepte su sustitución por otro viaje, el organizador reembolsará al viajero las cantidades pagadas sin aplicar penalizaciones, en el plazo máximo de catorce días naturales, a contar desde la fecha de resolución del contrato.

  • Tendrán derecho a resolver el contrato y derecho al reembolso total del precio del viaje combinado:

  1. aquellos viajeros en cuyos viajes contratados concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino, o en las inmediaciones, que afecten de forma significativa a la ejecución al viaje o al transporte de pasajeros al lugar de destino.

  1. si se modifica significativamente alguno de los elementos esenciales del viaje combinado que no sea el precio.

c) en el supuesto de que el empresario responsable del viaje combinado, lo cancele antes del inicio del viaje, el viajero tendrá derecho además a recibir una compensación. No será responsable de compensación adicional alguna si:

1) el número de personas inscritas para el viaje combinado es inferior al número mínimo especificado en el contrato y el organizador o, en su caso, el minorista notifica al viajero la cancelación dentro del plazo fijado en el mismo, que a más tardar será de 20 días veinte días naturales antes del inicio del viaje combinado (en viajes de más de 6 días de duración), 7 días naturales antes del inicio del viaje combinado (en viajes de 2 y 6 días de duración), y 48 horas antes del inicio del viaje combinado (en viajes de menos de 2 días de duración)., o el organizador se ve en la imposibilidad de ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias y se notifica la cancelación al viajero sin demora indebida antes del inicio del viaje combinado


  1. en caso de no ejecución de los servicios cuando ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y el organizador o, en su caso, el minorista no consigan solucionar el problema.

  • Los viajeros tendrán derecho a una reducción en el precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.

11.- Derecho de desistimiento: 

Conforme al art. 97.1 del TRLGDU, se informa que, en el caso de servicios de viaje combinado no será de aplicación el ejercicio del derecho de desistimiento, en virtud de lo dispuesto en su art. 103.

Los servicios de viaje, transporte, comidas o actividades relacionadas con las actividades de esparcimiento están excluidos en la normativa aplicable de consumidores, en relación al ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor. 

Así y en virtud del artículo 103 apartado l) del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, no será aplicable el derecho de desistimiento a los contratos de viaje combinado, debiendo el consumidor asumir los gastos derivados de la cancelación de servicios solicitada por su parte.

Únicamente aquellos viajeros que contraten un viaje combinado fuera del establecimiento, según definido en el RDL 1/2007, de 16 de diciembre, dispondrán del plazo de catorce días para ejercer su derecho.

Son contratos celebrados fuera del establecimiento:

Contratos celebrados con la presencia física simultánea del empresario y del viajero y usuario, en un lugar distinto al establecimiento mercantil del empresario.

Contratos en los que el viajero y usuario ha realizado una oferta en las mismas circunstancias que las que se contemplan en la letra a).

Contratos celebrados en el establecimiento mercantil del empresario o mediante el uso de cualquier medio de comunicación a distancia inmediatamente después de que haya existido contacto personal e individual con el viajero y usuario en un lugar que no sea el establecimiento mercantil del empresario, con la presencia física simultánea del empresario y el viajero y usuario.

Contratos celebrados durante una excursión organizada por el empresario con el fin de promocionar y vender productos o servicios al viajero y usuario.


11.- Resolución del contrato por parte del organizador o minorista.

El organizador, o en su caso, el minorista, podrán cancelar el contrato de viaje combinado, indemnizando al viajero por la totalidad de los pagos que el mismo haya realizado, pero sin asumir responsabilidad por compensaciones, siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas en el RDL 1/2007.

12.- Responsabilidad por errores en la reserva.

  • El empresario será responsable de los errores debidos a defectos técnicos que se produzcan en el sistema de reservas que le sean atribuibles, así como de los errores cometidos durante el proceso de reserva, cuando el empresario haya aceptado gestionar la reserva de un viaje combinado.
  • El empresario no será responsable de los errores de reserva atribuibles al viajero o causados por circunstancias inevitables y extraordinarias.

13.- Ejecución del contrato de viaje combinado.

  • Los organizadores y los minoristas de viajes combinados responderán frente al viajero del correcto cumplimiento de los servicios de viaje incluidos en el contrato en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito de gestión del viaje combinado, con independencia de que estos servicios los deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores. No obstante lo anterior, el viajero podrá dirigir las reclamaciones por el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de los servicios que integran el viaje combinado indistintamente ante organizadores o minoristas, que quedarán obligados a informar sobre el régimen de responsabilidad existente, tramitar la reclamación de forma directa o mediante remisión a quien corresponda en función del ámbito de gestión, así como a informar de la evolución de la misma al viajero aunque esté fuera de su ámbito de gestión.
  • Quien responda ante el viajero tendrá el derecho de repetición frente al empresario al que le sea imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado.
  • Cuando un organizador o un minorista abone una compensación, en función de su ámbito de gestión, conceda una reducción del precio o cumpla las demás obligaciones que impone esta ley, podrá solicitar el resarcimiento a terceros que hayan contribuido a que se produjera el hecho que dio lugar a la compensación, a la reducción del precio o al cumplimiento de otras obligaciones.
  • El viajero deberá informar al organizador o, en su caso, al minorista sin demora indebida, de cualquier falta de conformidad que observe durante la ejecución de un servicio de viaje incluido en el contrato.
  • Si cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformidad con el contrato, el organizador y, en su caso, el minorista deberán subsanar la falta de conformidad, salvo que resulte imposible o si ello entraña un coste desproporcionado, teniendo en cuenta la gravedad de la falta de conformidad y el valor de los servicios de viaje afectados. En caso de que con arreglo a este apartado no se subsane la falta de conformidad será de aplicación la reducción del precio e indemnización de daños y perjuicios.
  • Sin perjuicio de las excepciones previstas en el apartado anterior, si el organizador o el minorista no subsanan la falta de conformidad en un plazo razonable establecido por el viajero, el propio viajero podrá hacerlo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios. No será preciso que el viajero especifique un plazo límite si el organizador o, en su caso, el minorista se niegan a subsanar la falta de conformidad o si se requiere una solución inmediata.
  • Cuando una proporción significativa de los servicios de viaje no pueda prestarse según lo convenido en el contrato de viaje combinado, el organizador o, en su caso, el minorista, ofrecerá, sin coste adicional alguno para el viajero, fórmulas alternativas adecuadas, de ser posible de calidad equivalente o superior a las especificadas en el contrato, para la continuación del viaje combinado, también cuando el regreso del viajero al lugar de salida no se efectúe según lo acordado.

Si las fórmulas alternativas propuestas dan lugar a un viaje combinado de menor calidad que la especificada en el contrato, el organizador o, en su caso, el minorista aplicará al viajero una reducción adecuada del precio.

El viajero solo podrá rechazar las fórmulas alternativas propuestas si no son comparables a lo acordado en el contrato de viaje combinado o si la reducción del precio concedida es inadecuada.

  • Cuando una falta de conformidad afecte sustancialmente a la ejecución del viaje y el organizador no la hayan subsanado en un plazo razonable establecido por el viajero, este podrá poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y solicitar, en su caso, tanto una reducción del precio como una indemnización por los daños y perjuicios causados.
  • Si no es posible encontrar fórmulas de viaje alternativas o el viajero rechaza las propuestas si no son comparables a lo acordado en el contrato de viaje combinado o si la reducción en el precio concedida es inadecuada, el viajero tendrá derecho, en su caso, tanto a una reducción en el precio como a una indemnización por daños y perjuicios causados.
  • Si el viaje combinado incluye el transporte de pasajeros, el organizador y, en su caso, el minorista, en los casos indicados en los dos párrafos anteriores, repatriará además al viajero en un transporte equivalente sin dilaciones indebidas y sin coste adicional.
  • Si es imposible garantizar el retorno del viajero según lo convenido en el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, el organizador o, en su caso, el minorista asumirán el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un período no superior a tres noches por viajero. Cuando la normativa europea sobre derechos de los pasajeros, aplicable a los correspondientes medios de transporte para el regreso del viajero, establezca períodos más largos, se aplicarán dichos períodos.
  • La limitación de costes a que se refiere el apartado anterior no se aplicará a las personas con discapacidad o movilidad reducida, tal como se definen en el artículo 2.a) del Reglamento (CE) n.º 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, ni a sus acompañantes, mujeres embarazadas y menores no acompañados, así como a las personas con necesidad de asistencia médica específica, si sus necesidades particulares han sido participadas al organizador o, en su caso, al minorista al menos cuarenta y ocho horas antes del inicio del viaje. El organizador y el minorista no podrán invocar las circunstancias inevitables y extraordinarias a efectos de la limitación de responsabilidad, si el transportista no puede acogerse a estas circunstancias en virtud de la normativa europea.

14.- Insolvencia del organizador o minorista.

  • Si el organizador o el minorista incurren en insolvencia se procederá al reembolso de los pagos al viajero.
  • En caso de que el organizador o, en su caso, el minorista incurran en insolvencia después del inicio del viaje combinado y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación de los viajeros. 

* Garantía en caso de insolvencia: LUXOTOUR  ha suscrito una garantía de protección frente a la insolvencia, con ________________ [NOMBRE, DIRECCCIÓN Y CONTACTO DE LA ENTIDAD GARANTE] para el supuesto de que la agencia incurra en insolvencia.

Si se deniegan servicios debido a la insolvencia de LUXOTOUR, los viajeros podrán ponerse en contacto con dicha entidad o, en su caso, con la autoridad competente.

15. Atención al cliente y reclamaciones.

Los usuarios, en caso de discrepancias o incidencias con los servicios contratados, deberán gestionarlas a través de la agencia minorista o directamente a LUXOTOUR por email a la siguiente dirección: [email protected], o a través de correo postal a LUXOTOUR Plaza Presidente Adolfo Suárez nº 10 Oficina 4. 29620 Torremolinos Málaga

En virtud de la normativa de consumidores y usuarios se informa que LUXOTOUR no se encuentra adherido a ningún sistema arbitral de consumo, si bien y en cumplimiento de las disposiciones de La Comisión Europea Reglamento (UE) n.º 524/2013 proporcionamos la información sobre la plataforma RLL y dirección de acceso ec.europa.eu/consumers/odr

16.- Protección de Datos Personales.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales y del Reglamento Europeo 2016/679, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la agencia y el viajero se comprometen a respetar y cumplir con la normativa vigente en dicha materia. 

Para la gestión de las reservas, LUXOTOUR precisa el tratamiento de datos de los pasajeros, que le han sido facilitados por las agencias minoristas intervinientes en la operación y venta de los servicios de LUXOTOUR. Las finalidades del citado fichero son gestionar adecuadamente la reserva y la adecuada prestación de los servicios contratados, así como la trasferencia internacional de tales datos a compañías organizadoras y prestatarias de los citados servicios en los diferentes destino al encontrarse fuera del espacio de la UE.

Los datos sólo serán cedidos, única y exclusivamente, a terceros que intervengan de forma necesaria en la prestación de servicios vinculados al objeto del viaje contratado y con idénticas finalidades a las anteriores, ellos con salvaguardia del deber de secreto y aplicación de las medidas de seguridad exigidas por la normativa en vigor. 

Puede consultar nuestra política de privacidad y protección de datos desde aquí : ___________________

17. Delimitación de los servicios del viaje combinado.

17.1. Equipajes.

El equipaje y demás enseres personales del viajero no forman parte del contrato de viaje combinado, entendiéndose que se transportan por el propio viajero, por su cuenta y riesgo.

Se recomienda a los viajeros que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes. En cuanto al transporte aéreo, ferroviario, marítimo o fluvial de equipajes, son de aplicación las condiciones de las compañías transportadoras, siendo el billete de pasaje el documento vinculante entre las citadas compañías y el pasajero. 

En el supuesto de sufrir algún daño o extravío el viajero deberá presentar, en el acto, la oportuna reclamación a la compañía de transporte, cumplimentando el correspondiente parte de daños/extravío del equipaje, en un plazo máximo de 7 días.

 Asimismo, en los hoteles, ésos serán responsables, de acuerdo con sus normas específicas, de cualquier incidente relacionado con la pérdida o deterioro del equipaje y enseres durante el periodo de alojamiento en los mismos. LUXOTOUR se compromete a prestar la oportuna asistencia a los clientes que puedan verse afectados por alguna de estas circunstancias. Recomendamos al viajero que consulte con la propia compañía aérea la franquicia de equipaje permitida puesto que la misma difiere de una compañía a otra.

17.2. Pasaportes, visados y documentación.

Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacunación, etc. 

Todos los viajeros deben mantenerse informados en todo momento, y consultar antes de su salida la documentación necesaria para realizar el viaje, así como requisitos específicos administrativos que deban cumplimentar por exigencias del país de destino (formularios de migración), siendo de su responsabilidad las consecuencias que las faltas de este cumplimiento puedan generar a los pasajeros.

Por este motivo, se recomienda la consulta al servicio de Recomendaciones de Viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de la página web del Ministerio o bien para ciudadanos de otros estados deberán consultar a su embajada/consulado.

Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, LUXOTOUR declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios, y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visado a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad. 

17.2.2 Muy Importante en pasaportes visados y documentación:

Algunos países exigen que el pasaporte de los viajeros tenga un plazo de validez de hasta 9 meses a partir de la fecha de estancia en estos países, independientemente de que se exija o no el visado de entrada.

Es por ello que recomendamos muy encarecidamente que, si los pasajeros tienen su pasaporte próximo a caducar o lo va a hacer antes del plazo de 9 meses, se provea de un nuevo pasaporte antes del inicio del viaje para evitar los seguros inconvenientes que ello le pueda ocasionar, no responsabilizándose LUXOTOUR de los perjuicios que ello provoque a los pasajeros.

17.3 Personas con movilidad reducida

Las personas con movilidad reducida, antes de proceder a la reserva, deberán poner en conocimiento de LUXOTOUR tal situación, a fin de valorar la posibilidad y viabilidad de contratar el viaje de acuerdo con las características del mismo. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento CE 1107/2006, de 5 de julio, sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, se entiende como persona de movilidad reducida, “toda persona cuya movilidad para utilizar el transporte se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás pasajeros".

17.4. Información que la Agencia minorista debe facilitar al consumidor.

Se informa al consumidor que en el momento de la formalización del contrato deberá recibir de la Agencia Minorista la información pertinente sobre la documentación específica necesaria para el viaje elegido, así como el asesoramiento sobre la suscripción facultativa de un seguro que le cubra los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento; e información de los riesgos probables implícitos al destino y al viaje contratado, en cumplimiento de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios. 

17.5 Vigencia.

La vigencia del programa será de 1 de enero del año en curso en que se procede a la contratación, y se prorroga tácitamente mientras esté publicado en nuestra Website.

17.6. Bloqueos, emisión y reserva de servicios aéreos.

17.6.1. EMISIÓN, CANCELACIÓN Y REEMBOLSO 

Luxotour considerará DEFINITIVAS y CONFIRMADAS las reservas que entren con LOCALIZADOR y desde ese momento se procederán a la EMISION o BLOQUEOS inmediata de los billetes. Desde el momento de dicha emisión se aplicarán las condiciones de MODIFICACION y CANCELACION propias de cada compañía aérea involucrada en la reserva en función de la TARIFA CONTRATADA.

Los reembolsos son provistos por las aerolíneas y están sujetos a las condiciones de las tarifas. La mayoría de las tarifas ofertadas por las compañías aéreas a través de LUXOTOUR NO PERMITEN REEMBOLSO, por lo que SE RECOMIENDA LA CONTRATACION DE UN SEGURO DE CANCELACIÓN en el momento de la confirmación o compra de la reserva. Se plantean diferentes supuestos dependiendo de las circunstancias de la petición de cancelación: 

• Si la petición de cancelación se realiza antes de las 20:00 horas del mismo día de la confirmación de la reserva, esta pude cancelarse con reembolso total. Luxotour cobrará por este concepto un importe adicional de 12 €/persona. 

• Si la petición de cancelación es posterior a las 20:00 horas del mismo día de la confirmación de la reserva, hay que tener en cuenta: o Las compañías aéreas aplicarán sus propias penalizaciones en función de las tarifas reservadas. o Luxotour realizará la gestión del reembolso con un cargo de 30€/persona que son adicionales a las penalizaciones de las propias compañías.

 17.6.2. BLOQUEOS AÉREOS

Debido a las actuales normativas de las compañías aéreas, no se realizan bloqueos sin un depósito recibido previamente que, cubra las penalizaciones correspondientes en caso de no emisión de los billetes si el bloqueo es cancelado finalmente. 

18.- Prescripción de las acciones.

Prescribirán por el transcurso de dos (2) años las acciones derivadas de los derechos reconocidos en la Ley, cómputo que se iniciará el día de celebración del contrato.

19.- Jurisdicción aplicable.

Las partes que contraten al amparo de estas condiciones generales de contratación, se someten a los Juzgados y Tribunales del domicilio del viajero o el domicilio del empresario, a elección del viajero, para resolver las discrepancias o reclamaciones que susciten la interpretación o la ejecución del contrato de viaje combinado y de estas condiciones generales.


NOTAS IMPORTANTES-INFORMACIÓN ADICIONAL LUXOTOUR

• Fe de Erratas.- Las erratas ó variaciones en los programas serán publicados en nuestra Web y se informará a la Agencia Minorista para que ésta comunique al consumidor el error o variación.

• Los precios de los programas se obtienen al realizar las reservas para las fechas detalladas por los pasajeros y toma en cuenta: los tipos de cambio, tarifas de transporte en ese acto, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en ese mismo acto de reserva. Cualquier cambio en los mismos podrá dar lugar a la revisión de dichos precios. En ningún caso, se revisará al alza en los veinte días anteriores a la fecha de salida del viaje, respecto de solicitudes ya realizadas.

• Las tasas de aeropuerto y varios indicadas en los programas están calculadas según las preferencias de los pasajeros al realizar la reserva, si cambia su reserva y motiva la variación de ruta y/o compañías, estos precios serán alterados.-

• En algunos casos algunos tramos aéreos se realizarán con aerolíneas que no figuran en el billete ni en la confirmación de la reserva, debido al uso de códigos compartidos y alianzas entre compañías aéreas de las cuales no nos podemos responsabilizar. En ocasiones las compañías aéreas cambian de vuelo a los pasajeros sin notificación previa y debido a que no tenemos acceso a estos cambios ya que por medidas de seguridad las compañías no facilitan esta información, deberán ser los pasajeros quienes notifiquen dichos cambios al personal en destino mediante el teléfono de contacto que tienen en su documentación para que puedan facilitarles los servicios de traslados, etc. a su llegada.

• Los vuelos especiales están siempre sujetos a modificación de horarios. Todos los horarios indicados en este folleto son orientativos, pudiendo variar en función de las compañías aéreas, se ruega reconfirmación de vuelos y horarios 72 o 48 horas antes de la salida.

• En función de la hora de llegada o salida de los diferentes hoteles, aun indicándose la primera comida o cena o el desayuno del último día como incluido, en el programa se intentará facilitar estos servicios a los clientes pero se informa que generalmente cuando la primera comida está incluida, esta se facilita si la llegada es antes de las 12,00 hrs., la cena antes de las 19,00 hrs. y el desayuno cuando la salida del hotel sea después de las 08,00 hrs.

• El régimen de pensión completa o media pensión a nivel alimenticio se corresponde siempre con el mismo número de noches de hotel reservadas en ese régimen salvo que se indique como incluido un mayor o menor número de comidas en el propio programa de viaje y se realizarán en restaurante u hotel indistintamente.

• En los circuitos con salida garantizada, en el caso de que no puedan operarse por motivos técnicos, LUXOTOUR les dará una alternativa con viajes de similares características ó compensándoles económicamente. En aquellos circuitos que no se encuentran garantizados, LUXOTOUR se reserva el derecho según la normativa vigente de garantizarla ó anularla hasta 10 días antes de la salida del viaje si no se ha superado el número de pasajeros indicados en el contrato.

• Algunos hoteles, les podrán solicitar su tarjeta de crédito como garantía de solvencia en el caso de que consumiesen servicios extras. LUXOTOUR no se responsabiliza de dichas tarjetas de crédito.

• El orden de visitas en los programas puede modificarse sin previo aviso, manteniéndose siempre el programa íntegro.

• LUXOTOUR no se responsabiliza que durante la organización de los programas en algunas ciudades por eventos especiales, fiestas locales, etc. se encuentren cerrados Museos, Monumentos ó lugares de interés cultural.

• Las excursiones indicadas en programas como opcionales, optativas o sugeridas no están incluidas. Las visitas opcionales se contratan y abonan en destino y no forman parte del contrato de viajes combinado no siendo responsabilidad de LUXOTOUR los servicios facilitados en las mismas al no ser el organizador de las mismas.

• Por motivos de eventos especiales, en algunos casos el alojamiento puede verse modificado tanto en su categoría como en población, lo cual siempre le será comunicado al cliente antes de la salida.

• En los programas con servicio de cenas ó almuerzos, el primer servicio será siempre la cena y el último el desayuno (salvo indicación en contra). Deberán tener en cuenta que en ciertos destinos como Italia, las cenas solo se facilitan para llegadas antes de las 19,00 hrs. En el resto de destinos las cenas se sirven hasta las 23,00 (siendo cena fría en la mayoría de los casos en la habitación). Las bebidas salvo que se indique lo contrario no están incluidas y deberán ser abonadas por el cliente. Los almuerzos y cenas pueden ser indistintamente en restaurantes u hoteles y generalmente son menús concertados.

• Las habitaciones dobles pueden ser cama de matrimonio ó 2 camas indistintamente. Las habitaciones triples en la mayoría de los casos son una habitación doble con cama supletoria ó sofá cama. .En algunos casos las habitaciones triples son pequeñas con poco espacio para el equipaje. El hotel se reserva el derecho de proporcionar 1 habitación doble + 1 habitación individual en lugar de la habitación triple.. Además hay que considerar que en algunos países las habitaciones triples y cuádruples consisten en dos camas donde se permite la pernoctación de 3 o 4 personas.

• Las descripciones de servicios y fotos de los mismos son los facilitados por los proveedores de servicios a modo orientativos y cuyos servicios a veces sufren variaciones sin previa notificación.

• Recomendamos a todos los viajeros lleven consigo el formulario E-111 de la seguridad social.

• Es obligación del pasajero que toda su documentación se encuentren en vigor, como DNI o pasaporte, visados, etc. De forma orientativa indicamos la documentación que se precisa para cada destino a visitar. Si bien dicha información puede verse variada ó modificada por las leyes de cada país, por lo que es responsabilidad final del consumidor asegurarse de la documentación que necesita para entrar en otros países. Al mismo tiempo la información que dábamos de forma orientativa en cada destino es para ciudadanos de nacionalidad española. Otras nacionalidades deberán consultar con su Embajada ó Consulado.

• Es muy importante que al realizar su reserva el nombre y primer apellido aparezca correctamente tal y como aparece en su DNI ó Pasaporte. Cualquier problema ocasionado por éste motivo será responsabilidad del pasajero el cual debe revisar que todos los datos son correctos.

• Traslados: En caso de extravío de equipajes a su llegada al aeropuerto, rogamos que uno de los miembros de la reserva avise al transferista/chófer o a nuestro representante en destino de la incidencia para poder efectuar su traslado. En caso de no avisar no se garantiza la prestación del mismo. LUXOTOUR sólo hará devolución del taxi presentando factura del mismo más el parte de irregularidad de equipajes. La presentación de los mismos se hará en la agencia de viajes donde realizó la reserva.

• Cualquier problema relacionado con los vuelos como retrasos, perdidas de equipaje, etc. es responsabilidad de las compañías aéreas, será imprescindible que hagan la denuncia en los mostradores de dichas compañías para su posterior reclamación.

• El personal de la agencia mayorista no tiene acceso a las salas de embarque. A veces los vuelos sufren retrasos o los pasajeros son cambiados de vuelo por parte de las compañías aéreas. El guía, chofer o personal que realiza los traslados en destino no tiene esa información ya que la misma no es facilitada por las compañías aéreas por motivos de seguridad. En ese caso el pasajero deberá contactar con el teléfono que se le facilita de asistencia en el destino para informar de su vuelo y hora de llegada para que puedan facilitarle el traslado en el caso de que sea viable o le indiquen de tomar un taxi que será abonado por el pasajero y reembolsado a su regreso del viaje. En el caso de que el pasajero no contacte con nuestro personal en destino para informar de dichos cambios, la agencia mayorista no se responsabilizará de la pérdida de dicho servicio.

• Las personas con condición de minusválido, que necesiten de un tratamiento especial en el transporte, con motivo de su utilización de sillas de ruedas, o cualquier otro elemento que deba utilizar para su propia movilidad, deberá notificarlo para bien informar si es posible su traslado con el resto de componentes de dicho programa/viaje o se hace necesaria la contratación de un transporte especial cuyo importe le será comunicado y al que deberá abonar.

• Los pasajeros con cualquier tipo de minusvalía están obligados a notificar a la agencia detallista, y esta a la mayorista, organizadora del viaje la misma, para poder informarles si los alojamientos, transportes, etc.…, disponen de los servicios adaptados que faciliten el normal desarrollo del viaje.

• Las personas acompañadas de animales y perros-guía deberán notificar por escrito en la solicitud de su viaje la petición de un traslado en condiciones especiales.

• Los traslados podrán ser realizados con un guía, transferista o solamente con el chofer.

• Robos: LUXOTOUR no se hace responsable de las pérdidas que puedan sufrir los clientes, con motivo de cualquier delito perpetrado durante el viaje o su estancia en destino. Asimismo, se le informa que deben poner en conocimiento de las autoridades administrativas o policiales del lugar los hechos sufridos.

• Olvidos en destino: LUXOTOUR no se hace responsable del olvido en destino por parte de los clientes, de objetos personales. Para solicitar información sobre si los mismos están localizados en destino y su posterior envío a su lugar de origen, se habrán de poner en contacto con la oficina de nuestro receptivo, cuyo teléfono figura en nuestros folletos. En su caso, el envío al lugar de origen, se hará a portes debidos (por cuenta del pasajero).